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8 mayo, 2018En Prevención de Riesgos Laborales hay un axioma: primero protección colectiva, es decir, cabe instaurar aquellas medidas que protegen a todos los trabajadores, con independencia de su actividad, y cuando estas medidas no son suficientes para la protección de los trabajadores ante ciertos riesgos inherentes en tareas concretas, entonces es cuando entran en escena los EPI.
«EPI», son las siglas de «Equipos de Protección Individual», y se definen en el Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, como «cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos, que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin» es decir, la última barrera entre el peligro o riesgo y el trabajador.
La utilización de los EPI busca evitar o disminuir los daños que podrían provocar la materialización de riesgos en accidentes laborales, como consecuencia de la realización de ciertas tareas (como cortar material sin protección ocular) o de ciertas situaciones de riesgo por la especificidad de nuestra actividad profesional (como no llevar casco en obra).
Todo ello pide la implicación de los dos sujetos principales del mundo laboral: trabajador y empresario.
El empresario está obligado por ley, a facilitar gratuitamente los EPI (art. 14 puntos 2 y 5 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales) y los trabajadores, a utilizarlos (art. 29 punto 2 de la Ley 31/1995). De no hacerlo los trabajadores, se considerará incumplimiento laboral (art. 29 punto 3 de la Ley 31/1995).
La adquisición de los EPI por parte del empresario debe ser acorde a la tipología de riesgos a que hay que proteger al trabajador (químico, mecánico …) y para su totalidad. Esto quiere decir, que si un trabajador para los riesgos evaluados y valorados a que está sometido para su actividad, necesita disponer de casco, guantes, gafas, tapones y zapatos, se le han de facilitar todos, no se puede prescindir de ninguno, aunque el riesgo del que proteja sea puntual o poco frecuente, y además, estos EPI deben ser adecuados a la tipología del riesgo, es decir, si está expuesto a ambientes con presencia de gases y vapores, no se le puede dar una máscara para partículas sólidas ya que no es el equipo de protección adecuado y por lo tanto, no le protege eficientemente de este riesgo.
Debido a que algunos empresarios ven la prevención y seguridad como unos costos innecesarios y que no aportan un beneficio económico directo (idea errónea ya que aporta un factor de calidad de cara al cliente y de disminución de gastos por reducción de bajas), el gasto es mínimo y entonces se pueden dar casos con adquisición de EPI de baja calidad, inadecuados e insuficientes.
Por otra parte, con respecto al trabajador, el principal problema lo encontramos en que los EPI no están concebidos para ser cómodos, sino para proteger y esto muchas veces topa con la comodidad. Su resistencia, rigidez, solidez o dureza, características básicas para la protección, acaban siendo un inconveniente para su uso. Sin embargo, la oferta que encontramos en el mercado es suficientemente ancha como para poder encontrar EPI más confortables que otros.
Llegados a este punto, el trabajador debe valorar las consecuencias de la no utilización de los EPI, adecuados o no, suficientes o no, ante los riesgos a que se expone en su trabajo. Cabe recordar, que será él quien padecerá los perjuicios del posible accidente laboral por la no utilización de la protección que le ha estado entregada.
Todavía sorprende sin embargo, que una buena parte de los mismos trabajadores, vean innecesario el uso de ciertos EPI, sean o no cómodos, a la hora de realizar una tarea. Tanto es así, que aun llevándolos encima, no se usan. La ocasionalidad, brevedad o excepcionalidad de una tarea no justifica la no utilización de la protección: el accidente se puede materializar en un abrir y cerrar de ojos.
De todo esto, se desprende que aún queda mucho trabajo de concienciación de la importancia de los Equipos de Protección Individual en el mundo laboral; los empresarios facilitan los que sean necesarios y adecuados, los responsables de seguridad de los centros de trabajo obligando su utilización, y los trabajadores, utilizándolos y recordando a los compañeros que no lo hacen, la importancia de su uso.
De este modo, poco a poco, se instalará en los trabajadores la normalidad de su uso como una parte más de su trabajo, y ellos serán los primeros beneficiarios.
Santi Rivera Planas
Técnico Superior en Prevención de Riesgos de Peradejordi